Opinion (2357)

No hemos podido entender las razones -si es que puede haberlas en tratándose de un crimen atroz- para que tanto las FARC como el ELN insistan en mantener a personas secuestradas; para que persistan en negar que cometen ese delito, que por su misma definición es continuado, o para que nieguen a los familiares de los secuestrados las informaciones que reclaman desde hace años. Esas familias, que tanto han sufrido, necesitan saber si sus seres queridos siguen vivos –en cuyo caso, deben recobrar su libertad- o si, desgraciadamente, murieron en cautiverio o fueron ejecutados -evento en el cual quieren saber dónde se encuentran los cadáveres para darles cristiana sepultura-.

Si en efecto esas organizaciones subversivas tuvieran auténtica voluntad de paz y actuaran de buena fe, procederían -o habrían procedido desde hace rato-  a las liberaciones o a las mencionadas informaciones motu proprio. Por su parte, el Gobierno no debería  iniciar ni proseguir proceso de paz alguno mientras la organización correspondiente siga perpetrando el secuestro. Y también, para los efectos del diálogo, debería exigir a las guerrillas la inmediata liberación, no de uno o dos, sino la de todos los menores de edad que han sido reclutados por ellas y permanecen en sus filas.

En estos días, por ejemplo, hemos presenciado un espectáculo poco edificante. El Gobierno quiere iniciar las negociaciones de paz con el ELN, y le ha exigido como requisito previo la liberación del ex congresista Odín Sánchez Montes de Oca. El ELN ha estado diciendo una cosa y otra al respecto, y lo cierto es que no lo ha devuelto al seno de su hogar, como ha debido hacerlo hace mucho tiempo. El Presidente de la República ha suspendido la iniciación de las negociaciones.

Si Santos limita su exigencia a la liberación del ex congresista, olvidando a los demás secuestrados,  comete el mismo error que cometió con las Farc, y que se constituyó en uno de los motivos para el triunfo del NO el 2 de octubre.

El Marco Jurídico de la Paz (A.L. 1 de 2012), es decir, la Constitución (Art. transitorio 66), supedita la justicia transicional "al cumplimiento de condiciones tales como la dejación de las armas, el reconocimiento de responsabilidad, la contribución al esclarecimiento de la verdad y a la reparación integral de las víctimas, la liberación de los secuestrados, y la desvinculación de los menores de edad reclutados ilícitamente que se encuentren en poder de los grupos armados al margen de la ley". 

La paz es urgente y necesaria, pero se debe lograr cumpliendo la Constitución. Y el Estado no puede comenzar claudicando.

 

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“EL CANSANCIO VITAL Y EL DERECHO A MORIR DIGNAMENTE”. La palabra cansancio está definida por el Diccionario de la Real Academia Española como la “falta de fuerzas que resulta de haberse fatigado”; el concepto “vital” lo define el diccionario como todo aquello que es “perteneciente o relativo a la vida”, “de suma importancia o trascendencia” o aquello que “Está dotado de gran energía o impulso para actuar o vivir”.
 
Sucede, que estar vivo, cansa. Sucede que llegada cierta edad, se puede no estar enfermo pero ya no se quiere vivir más y se interioriza de forma coherente y sin dramas, que el ciclo de la vida se terminó. Nada malo tuvo que suceder, ninguna depresión o bipolaridad despertó la necesidad de decir basta, simplemente ya nada toca hacer en este mundo.
 
A propósito de este tema, se debate en Holanda una ley que busca permitir que los ancianos puedan solicitar la muerte asistida cuando está de por medio el argumento denominado “cansancio vital” derivado de “una vida agotada”.
 
Y en este panorama, en Holanda, el exdiputado democristiano Franz van der Heijden (78 años) decidió no seguir más, después de que le fuera practicada la eutanasia a su esposa Gonnie van der Eerden, de 76. La pareja de políticos se casó en el año 1963 y llevaban 53 años de vivir juntos, poniendo fin a su vida este mes de octubre de 2016.
 
La mujer padecía una enfermedad incurable que le permitió, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Estado, someterse a los beneficios de la Ley de Eutanasia aprobada en Holanda en el año 2002 pero su esposo, Franz van der Heijden, sencillamente, aceptó que el ciclo de su vida estaba completo y  no quiso continuar.
 
En una carta de despedida escrita por la pareja, en la que pusieron de presente sus razones y criticaron duramente al sistema holandés que no avanza en materia de eutanasia para las personas sanas, quedó consignado: “…la decisión de poner fin a la propia vida sigue dominado por la pregunta sobre si pueden acabar con su ciclo vital quienes lo consideren completo (…) más obvio es preguntar si los que sientan que su vida concluirá con gran dolor, y serán una carga (también por culpa de un sistema de cuidados degradado[1]) pueden terminar cuando todavía no sufren tanto, ni son un peso para ellos mismos y para los demás” (…)  “Llama la atención que una mayoría cada vez más amplia de personas menos religiosas, que aborda la vida por sí misma, sin la perspectiva del ´más allá´, permiten que la ley siga siendo dictada por minorías reducidas, que se aprovechan de las flaquezas del quehacer de la actual política de coaliciones” (…) "El debate sobre una vida elegida sigue estando muy dominado por las minorías religiosas, que se benefician de la debilidad política del país. Uno debe ser capaz de decidir por sí mismo cuando quiera acabar con su vida" (…) “Las personas que no están enfermas pero descubren que su vida ya no tiene sentido, deberían tener permitido morir"
 
El partido político al que perteneció el diputado, esto es, el partido cristianodemócrata holandés, expresó su dolor por la decisión tomada, pero la rechazó por considerar que la eutanasia es una solución de último recurso. El Colegio de Médicos de Holanda –por otra parte- señaló, que pese a los avances que en materia de eutanasia ha logrado su país, la eutanasia no debe ser vista como un derecho.
 
 
En Holanda está en debate ampliar la Ley de Eutanasia para aquellas personas que se encuentren relativa o totalmente saludables, pero quieran morir dignamente por considerar que su ciclo vital está completo[2]. Es decir, personas que no quieren dejar llevar su vida hasta un estado de incapacidad tal, que ya sea imposible continuar viviendo por sus propios medios; se trata de personas saludables y lucidas que estiman han vivido lo suficiente y necesitan ayuda y apoyo para  morir dignamente y de forma asistida.
 
Estamos ante un concepto nuevo para el derecho, denominado “cansancio vital” en el que nuevamente los Países Bajos son pioneros en abrir el debate. Ante el Parlamento, el 19 de octubre de 2016, la Ministra de Salud de Holanda, Edith Schippers, defendió el proyecto, afirmando que era necesaria la aprobación de una nueva ley bajo el argumento del “cansancio vital” por cuanto es imperioso ayudar y proteger a: "los ancianos que carecen de la posibilidad de continuar su vida de manera significativa, que luchan con la pérdida de su independencia y una movilidad reducida, y que se sienten solos, en parte por la pérdida de seres queridos, y que cargan con el peso de una fatiga generalizada, su deterioro y la pérdida de su dignidad personal".
 
Para nadie es un secreto que la edad conlleva como una de sus características más marcadas, una  fatiga mental, intelectual y física que impide hasta realizar las tareas más elementales y sencillas de la vida diaria y es, este cansancio progresivo e irreversible, propio del paso de los años, el que se busca regular en Holanda bajo el denominado “cansancio vital”.
 
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