Opinion (2373)

SE ESCRIBIÓ:

“El reloj se ha dañado, pero el hambre despierta. Son las seis y en la puerta oigo un hombre gritar: "Vendo leche sin agua, vendo miel, vendo pan". Y dinero no hay. Por eso salgo siempre a caminar” 

Gonzalo Navas (Pablus Gallinazus

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Como lo expresó la Corte Constitucional desde la Sentencia C-313 del 7 de julio de 1994 (M.P.: Dr. Carlos Gaviria Díaz), que la Carta Política de 1991 haya concebido la especial categoría de las denominadas leyes estatutarias y le haya dado un especial trato “encuentra fundamento en el propósito de otorgarles a ciertas materias una especial relevancia dentro del contexto del ordenamiento jurídico; por lo tanto, la aprobación, modificación o derogación de esas leyes se somete a un procedimiento legislativo más complejo y a la revisión previa que esta corporación ejerce, de conformidad con lo establecido por los artículos 153 inciso segundo y 241 numeral octavo de la Carta”. 

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Por principio natural y racional, nadie puede sacar provecho de su propia torpeza o de sus errores.  El desorden urbanístico en que se encuentra la ciudad de Cartagena es el resultado de la falta de autoridad de los anteriores alcaldes, curadores, inspectores de policía y encargados de ejercer el control urbano, quienes durante décadas de administraciones irresponsables y en evidente incumplimiento de sus deberes, dedicaron el tiempo en el que ocuparon sus cargos, a intereses propios o de terceros y no al cuidado de lo público en beneficio colectivo, grave error del pueblo, haberlos elegido. 

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Un retrato mal hecho

Biden no es Fajardo ni el Partido Demócrata es Colombia Humana. Pero en 2022 saldrá “el idiota”, como dijo The Guardian de Trump.

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