"Cuando un Estado ha ratificado un tratado como la Convención Americana, sus jueces también están sometidos a ella. El poder judicial debe ejercer un Control de Convencionalidad entre las normas jurídicas internas y la Convención Americana de Derechos Humanos." La Corte IDH ha señalado en un sentido amplio que el control de convencionalidad es una obligación propia de todo poder, órgano o autoridad del Estado parte de la Convención, los cuales deben, en el marco de sus competencias y de las regulaciones procesales controlar que los Derechos Humanos de las personas sometidas a su jurisdicción sean respetados y garantizados. (Sentencia Corte IDH. Caso Gelman vs Uruguay).
AUDIO, LA VOZ DEL BUEN TRATO: El control de convencionalidad como mecanismo para garantizar la no discriminación Destacado
Conduce: Dra. Rocio Puerta Viana

La Voz del Derecho
Nuestro propósito es aprovechar la tecnología en beneficio de la divulgación, el análisis, la controversia, la verificación de los grandes asuntos en que aparece el Derecho, en cualquiera de sus ramas; los procesos judiciales de trascendencia y los más importantes debates y acontecimientos.
Email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Lo último de La Voz del Derecho
- FORO PENAL: Responsabilidad Penal de Adolescentes
- MEDICINA FORENSE: La cadena de custodia
- PANORAMA ECONÓMICO: IV Simposio de Economía: Ruta de la Seda: Oportunidades y desafíos para Boyacá y Colombia
- MEDICINA FORENSE: El tabaquismo
- DEPORTE AL DERECHO: Sobrecarga de partidos y Mundial de Clubes: ¿Las denuncias de FIFPRO se justifican?
- PANORAMA ECONÓMICO: La desilusión de Elon Musk con el gobierno Trump
- MEDICINA FORENSE: El delirio de grandeza
- LA VOZ DEL BUEN TRATO: Afectar la seguridad alimentaria como crimen de guerra
- PANORAMA ECONÓMICO: Ecopetrol adquiere el portafolio eólico y solar de Statkraft para continuar su diversificación
- DESDE LA FACULTAD: (A)Pollo desde la facultad